Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

segregación de fincas

Civ. Operación registral por la que parte de una finca se separa de esta para formar una nueva.
En el Registro de la Propiedad se inscribe la porción segregada con número diferente, expresándose esta circunstancia al margen de la inscripción de propiedad de la finca matriz así como la descripción de la porción restante, cuando esto es posible, o, por lo menos, las modificaciones en la extensión y lindero o linderos por donde se haya efectuado la segregación. En la inscripción de la nueva finca se expresará la procedencia de esta y los gravámenes vigentes de la finca matriz. Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario, art. 47.

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