Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sede judicial electrónica derivada

Proc. y Tel. Sede que se crea por la administración competente para cada uno de los servicios de recepción de escritos, registro y reparto de asuntos existentes, en función de su organización y cuyos contenidos son gestionados por el propio servicio.
También recibe el nombre de subsede. Se crea, igualmente, por la administración competente en cada una de las oficinas fiscales que tengan servicio de registro y reparto. Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, art. 10.

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