Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

secuestro

1. Pen. Privación de libertad ambulatoria a una persona o grupo de personas, exigiendo, a cambio de su liberación, el cumplimiento de alguna condición, como puede ser el pago de un rescate.
CP, art. 164. «[...] para el tipo de secuestro es preciso que se prive de libertad y que se advierta por los autores al sujeto pasivo o a otras personas que la recuperación de la libertad de aquel depende de la condición impuesta» (STS, 2.ª, 15-XI-2011, rec. 483/2011). Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 161 y 162.
2. Proc. Medida cautelar a adoptar en el procedimiento penal por delitos cometidos por medio de la imprenta o cualquier medio mecánico de publicación, consistente en poner bajo depósito judicial los ejemplares del impreso o de la estampa donde quiera que se hallaren y del molde de esta.
LECrim, arts. 816-823 bis ; Decreto de 14 de febrero de 1947, por el que se aprueba el Reglamento Hipotecario, art. 140. Código Orgánico General de Procesos, de Ecuador, art.129.
3. Adm. Medida provisional adoptada por el órgano titular del servicio para evitar el mal funcionamiento de una concesión administrativa.
5. Civ.; Chile Depósito de una cosa que se disputan dos o más individuos, en manos de otro que debe restituirla al que obtenga una decisión a su favor.
Código Civil, art. 2249.

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