Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sección electoral

Adm. Cada una de las divisiones territoriales de las circunscripciones electorales, que incluye un máximo de dos mil electores y un mínimo de quinientos, debiendo existir al menos una sección en cada término municipal, y no pudiendo haber en una sección áreas pertenecientes a distintos términos municipales.
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio , de Régimen Electoral General, art. 23.