Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sección del Tribunal Constitucional

Sublema de sección
Proc.; Esp. Órgano de naturaleza jurisdiccional integrado por un presidente y dos magistrados, constituido en el Pleno y las salas del Tribunal Constitucional, para el despacho ordinario y decisión o propuesta sobre la admisión o inadmisión de procesos constitucionales, siendo también competente para resolver los recursos de amparo que la sala correspondiente le defiera.
LOTC, art. 8.