- sanidad vegetal
- Amb. Actividad dirigida a proteger los vegetales y sus productos de los daños producidos por las plagas y de impedir la introducción y extensión de las procedentes de otras áreas geográficas, con el objeto de mantenerlos en niveles de población económicamente aceptables.
Ley 43/2002 , de 20-XI, de Sanidad Vegetal, art. 1.
Sublema de sanidad