Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

sanción internacional

Sublema de sanción
1. Eur. e Int. púb. Medida de reacción aplicada en virtud de una decisión adoptada por un órgano de una organización internacional competente en el ámbito del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, como respuesta a un previo hecho ilícito internacional que tiene graves consecuencias para toda la comunidad internacional, con el fin de que el Estado autor del mismo lleve a cabo el cese y la reparación de tal hecho ilícito.
2. Eur. Medida restrictiva adoptada por las instituciones de la Unión tanto para la ejecución, en el ámbito de sus competencias, de las sanciones derivadas de la acción coercitiva del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas o previstas en los tratados constitutivos, como para la imposición de contramedidas autónomas de la Unión frente a terceros.
TUE, capítulo 2 del título V; TFUE, arts. 75 y 215.

Referenciado desde