- Sala del artículo 61 LOPJ
- Gral.; Esp. Sala del Tribunal Supremo integrada por su presidente, los presidentes de sala y el magistrado más antiguo y más moderno de cada una de ellas, encargada de resolver los procesos relacionados con materias que no pueden ser conocidas y resueltas por las restantes salas del Tribunal Supremo y que le están específicamente atribuidos en el
artículo 61 de la LOPJ , así como los de declaración de ilegalidad y disolución de los partidos políticos.
Sublema de sala