Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

régimen primario

Civ.; Arg. Conjunto de disposiciones inderogables y comunes a todos los regímenes patrimoniales del matrimonio que regulan algunos aspectos de las relaciones económicas de los cónyuges entre sí y respecto de terceros y configuran un estándar mínimo de solidaridad y protección de la familia.
«El Anteproyecto contiene un Capítulo de normas comunes a todos los regímenes, inderogables por los cónyuges, destinado a la protección de los intereses familiares comprometidos. Este tipo de normas, conocido bajo el nombre de “régimen primario”, existe en la mayoría de las leyes del derecho comparado» (Fundamentos del Anteproyecto de Código Civil y Comercial de la Nación Argentina).