- régimen de contabilidad pública
- 1. Adm. Regulación del sistema establecido para que una entidad local lleve cuenta y razón de sus operaciones de índole económico-financiera.
LRBRL, art. 114. 2. Adm. Plan de cuentas de las entidades locales establecido por la Administración General del Estado, con carácter general, para las entidades locales.LRBRL, art. 114.