Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ruptura de relaciones diplomáticas

1. Int. púb. Medida de autotutela que consiste en poner fin a las relaciones diplomáticas que un Estado mantenía con otro, que se adopta como respuesta a la comisión de un previo hecho ilícito por otro Estado, con el fin de que este último lleve a cabo el cese y la reparación del mismo.
2. Int. púb. Medida consistente en poner fin a las relaciones diplomáticas por razones políticas.

Referenciado desde