- reversión de los bienes expropiados
- Adm. Derecho legalmente reconocido al expropiado a recuperar los bienes objeto de la expropiación si la Administración no destina los bienes al fin que justificó la expropiación, o sobrara parte de los mismos entre otras circunstancias.Tienen que cumplirse los requisitos establecidos en los
artículos 54 y 55 de la Ley de Expropiación Forzosa , entre los cuales está la devolución del precio pagado.
Sublema de reversión