Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

reutilización de aguas

Sublema de reutilización
Adm. Aplicación, antes de su devolución al dominio público hidráulico y al marítimo-terrestre, para un nuevo uso privativo de las aguas que, habiendo sido utilizadas por quien las derivó, se han sometido al proceso o procesos de depuración establecidos en la correspondiente autorización de vertido y a los necesarios para alcanzar la calidad requerida en función de los usos a que se van a destinar.
TRLA, arts. 109 y 122; RD 1620/2007, de 7-XII, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas (BOE n.º 294, de 8 de diciembre de 2007).