- reubicación
- Eur. Traslado de personas que tengan un estatuto, ya sea definido por la Convención de Ginebra o de protección subsidiaria en los términos de la
Directiva 2004/83/CE , de un Estado miembro que les garantiza protección internacional a otro Estado miembro en el que se les conceda una protección similar, y de los solicitantes de protección internacional desde el Estado miembro responsable de examinar su solicitud a otro Estado miembro donde se examinará dicha solicitud.