Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

retroactividad tácita

Sublema de retroactividad
Gral. Retroactividad reconocida habitualmente por la jurisprudencia y la doctrina a las disposiciones de carácter interpretativo, considerando que no tienen más efectos que los que ya contiene la norma anterior que se ocupan de interpretar.
También se considera que tienen retroactividad tácita las normas organizativas por razón de que sus efectos no trascienden del interior de los aparatos administrativos y no llegan a afectar a los derechos de los ciudadanos. Por esta razón se incluyen también en la retroactividad tácita las normas de competencia, procesales, complementarias, consuntivas, que traten de evitar perjuicios a los intereses generales, o pretendan eliminar situaciones inconvenientes por razones económicas, sociales o políticas, etc.