Diccionario panhispánico del español jurídico

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retractación

Can., Civ. y Pen. Declaración hecha en público mediante la que se sustituye otra declaración precedente.
CP, art. 462 . El derecho canónico exige la retractación a quienes hayan denunciado falsamente ante la autoridad eclesiástica a un confesor inocente del delito de solicitación (CIC, c. 982) y a quienes enseñan una doctrina condenada por el romano pontífice o el concilio ecuménico (c. 1371). En el Código Civil de Cuba,art. 88 con la retractación queda reparado el daño moral causado al ofendido.