Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

retención indebida

Pen.; Arg. y C. Rica Delito que comete la persona que tiene bajo su poder o custodia una cosa mueble o un valor ajeno, con la obligación de entregarlo o devolverlo, y no lo da a su debido tiempo, en perjuicio de otro.
En caso de retención indebida, «previamente el imputado será prevenido por la autoridad que conozca del asunto, para que, dentro del término de cinco días, devuelva o entregue el bien, y si lo hiciere no habrá delito, quedando a salvo las acciones civiles que tuviere el dueño» (Código Penal, Ley n.º 4573, de 4-V-1970, de Costa Rica, art. 223). Código Penal de la Nación, de Argentina, art. 173 inc. 2.