Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

responsable directo

Sublema de responsable
Gral. Responsable principal que debe hacer frente a la obligación de que se trate.
«En aplicación de lo expuesto, acierta la sentencia recurrida cuando, confirmando la de instancia, condena al empresario como responsable directo y principal al abono de la prestación por maternidad en aplicación del art. 126.3 de la LGSS. Sin embargo, no acierta cuando no hace entrar en juego el principio de automaticidad —lo que, como sabemos, determinaría la obligación del INSS de anticipar el pago y subrogarse en el crédito frente al empresario, cosa harto importante, sobre todo cuando se trata de una empresa desaparecida, como parece ocurrir en el caso de autos— sino que condena a dicha Entidad Gestora solamente en concepto de responsable subsidiario, lo que obliga al trabajador a reclamar a la empresa y, solamente en el caso de que esta sea declarada insolvente, podrá reclamar al INSS» (STS, 4.ª, 13-XI-2014, rec. 2684/2013).

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