Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

responsabilidad patrimonial en la gestión de fondos públicos

Fin. Obligación que tienen las autoridades y personal que por dolo o culpa grave adopten resoluciones o realicen actos con infracción de la ley de indemnizar a la Hacienda pública estatal o, en su caso, a la respectiva entidad los daños y perjuicios que sean consecuencia de aquellos, con independencia de la responsabilidad penal o disciplinaria que les pueda corresponder.
LGP, art. 176.