Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

responsabilidad internacional de la Unión Europea

Eur. e Int. púb. Responsabilidad en la que incurre la Unión Europea en su condición de sujeto de derecho internacional, regida por las normas propias de dicho ordenamiento y que es independiente de la responsabilidad en que pueda incurrir por aplicación de las normas del derecho de la Unión.
La responsabilidad internacional de la Unión se producirá, como regla, por la violación de las obligaciones internacionales que le sean exigibles y que tengan su origen en actos realizados por las instituciones, los órganos y organismos de la Unión o sus agentes. Este tipo de responsabilidad está adquiriendo una importancia cada vez mayor como consecuencia de la creciente acción exterior de la Unión Europea.