Diccionario panhispánico del español jurídico

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responsabilidad financiera

Sublema de responsabilidad
Fin. Principio legal que se exige a las administraciones públicas que incumplan las obligaciones contenidas en la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, así como las que provoquen o contribuyan a producir el incumplimiento de los compromisos asumidos por España de acuerdo con la normativa europea o las disposiciones contenidas en tratados o convenios internacionales de los que España sea parte, en virtud del cual estas asumirán, en la parte que les sea imputable, las responsabilidades que de tal incumplimiento se hubiesen derivado.
LO 2/2012, de 27-IV, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, art. 8.