Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

residuo peligroso

Sublema de residuo
Amb. Residuo que presenta una o varias de las características peligrosas que lo hace explosivo, oxidante, inflamable, irritante, nocivo, tóxico, cancerígeno, corrosivo, infeccioso, mutagénico, sensibilizante, ecotóxico o generador de lixiviados peligrosos, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.
Ley 22/2011, de 28-VII, de Residuos y Suelos Contaminados, art. 3; Real Decreto 187/2011, de 18-II, relativo al establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos relacionados con la energía, art. 2; Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales, art. 3; Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, art. 3; Ley 10/2008, de 3-XI, de Residuos de Galicia, art. 4; Real Decreto 815/2013, de 18-X, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1-VII, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, art. 2.

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