Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

residuo no peligroso

Sublema de residuo
Amb. Residuo no peligroso que se genera en un proceso de fabricación, transformación, utilización, consumo, limpieza o mantenimiento de una instalación o actividad industrial, sanitaria o ganadera y no tiene la consideración de residuo urbano o municipal.
Ley 10/2008, de 3-XI, de Residuos de Galicia, art. 4; Real Decreto 1481/2001, de 27-XII, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, art. 2.