Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

residuo inerte

Sublema de residuo
Amb. Residuo no peligroso que no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas, no es soluble ni combustible, ni reacciona física ni químicamente ni de ninguna otra manera; no es biodegradable, no afecta negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que pueda dar lugar a contaminación del medioambiente o perjudicar a la salud humana.
Real Decreto 105/2008, de 1-II, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, art. 2; Ley 10/2008, de 3-XI, de Residuos de Galicia, art. 4; Real Decreto 1481/2001, de 27-XII, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, art. 2.