Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

reserva de derecho privado

Adm. Atribuciones establecidas en la Constitución a las administraciones públicas que deben desplegarse utilizando organizaciones y regímenes jurídicos propios del derecho privado.
Por ejemplo, la actividad económica a partir de las previsiones de los artículos 38 y 128 de la Constitución.