Diccionario panhispánico del español jurídico

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resarcimiento de daños

Sublema de resarcimiento
Can. Reparación de los daños contractuales que se rige en derecho canónico por el c. 1290 del Codex Iuris Canonici, que canoniza la ley civil del territorio: «Lo que en cada territorio establece el derecho civil sobre los contratos, tanto en general como en particular, y sobre los pagos, debe observarse con los mismos efectos en virtud del derecho canónico en materias sometidas a la potestad de régimen de la Iglesia, salvo que sea contrario al derecho divino o que el derecho canónico prescriba otra cosa».

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