Diccionario panhispánico del español jurídico

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requisitoria

1. Proc. Forma que adopta el llamamiento del procesado o investigado cuando no tiene domicilio conocido o no es hallado por la Policía Judicial en el plazo concedido y que se inserta en el fichero correspondiente de la Policía, publicándose en los medios de comunicación social, en su caso.
LECrim, art. 762, 3.ª y 4.ª . Es presupuesto para el procedimiento contra reos ausentes. LECrim, arts. 835 y sigs.
2. Pen. Mandamiento expedido por autoridad judicial, en el que se ordena el llamamiento, la localización y la puesta a disposición judicial de una persona sometida a un proceso penal.
Será llamado y buscado por requisitoria: el procesado que no fuere hallado en su domicilio por haberse ausentado, si se ignorase su paradero, y el que no tuviese domicilio conocido; el que se hubiese fugado del establecimiento en que se hallase detenido o preso; y el que, hallándose en libertad provisional, dejare de concurrir a la presencia judicial el día que le está señalado o cuando sea llamado. LECrim, art. 835.

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