Diccionario panhispánico del español jurídico

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requerimiento de pago en el proceso cambiario

Civ. Medida que adopta el tribunal tras analizar la corrección formal del título cambiario, si lo encuentra conforme, en la que se reclama al deudor cambiario que pague en el plazo de diez días.
LEC, art. 821.2.1.ª. «El juicio cambiario tiene por ello un carácter privilegiado para el acreedor por cuanto, comprobada judicialmente la corrección formal del título, se produce el requerimiento de pago al deudor y el embargo preventivo de sus bienes (artículo 821 LEC), desplazándose al mismo la carga de formalizar y justificar la procedencia de una oposición frente a la existencia del título que, en principio, resulta acreditativo de la deuda» (STS, 1.ª, 5-III-2014, rec. 558/2012).