Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

reparación del daño

Sublema de reparación
1. Pen. Modalidad de satisfacción de la responsabilidad civil derivada del delito que consiste en obligaciones de dar, de hacer o de no hacer.
CP, art. 112.
2. Pen. Modalidad de la pena de trabajos en beneficio de la comunidad.
CP, art. 49.
3. Pen. Condición para la suspensión condicional de la condena.
CP, art. 80.3.
4. Pen. Condición para el adelantamiento de la libertad condicional.
CP, art. 90.2.
5. Adm. y Const. En las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración, finalidad a la que responden las indemnizaciones para conseguir la reparación integral de los daños y perjuicios imputables a la Administración por las lesiones producidas provenientes de daños que quien las padece no tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la ley.
LRJSP, art. 34.
6. Adm. y Const. En el proceso para el reconocimiento de error judicial, reparación del daño sufrido por una resolución judicial errónea.
LOPJ, art. 292 y sigs.