Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

reparación complementaria del daño ambiental

Amb. Medida correctora adoptada en relación con los recursos naturales o los servicios de recursos naturales para compensar el hecho de que la reparación primaria no haya dado lugar a la plena restitución de los recursos naturales o servicios de recursos naturales dañados.
Ley 26/2007, de 23-X, de Responsabilidad Medioambiental, anexo II.