Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

remontrer

Hist. Prerrogativa atribuida a los tribunales franceses durante el Antiguo Régimen, que les permitía hacer observaciones a las normas aprobadas por el rey o por los consejos del rey, y que eran enviadas a los tribunales para su registro.
Una vez recibidas las observaciones, el rey podía o no aceptarlas. Si las aceptaba, el texto se corregía y volvía de nuevo para su registro.

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