Diccionario panhispánico del español jurídico

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reinserción

Pen. Fin al que deben estar orientadas las penas, medidas de seguridad y otras sanciones que disponen los tribunales.
La reinserción supone que el condenado adopte condiciones de vida que le permitan convivir con el resto de los ciudadanos sin cometer nuevos delitos. CE, art. 25.2.

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