Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

registro electrónico de apoderamientos

Adm. y Tel. Registro en el que deberán inscribirse, al menos, los apoderamientos de carácter general otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las administraciones públicas, así como el bastanteo del poder.
LPAC, art. 6. Deben disponer de este registro la Administración General del Estado, las comunidades autónomas y las entidades locales, pudiendo también los registros públicos disponer de su propio registro particular.

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