- Registro de Tratados Internacionales
- Int. púb. Procedimiento a cargo de la Secretaría de las Naciones Unidas por el que se garantiza la publicidad de los tratados internacionales; en consonancia con ello, les corresponde a los Estados miembros la transmisión de aquellos en los que sean partes o en los que actúen como depositarios. Un tratado no registrado no puede ser invocado ante órgano alguno de las Naciones Unidas.
Carta de las Naciones Unidas, art. 102 ; CVDT/CVDTEOI,art. 80 ;LTOAI, art. 25.
Sublema de registro1