- Registro de Poderes
- Civ.; Par. Registro en el que se inscriben los mandatos que se otorgan en el país, o en los extranjeros debidamente legalizados referentes a la administración de bienes, transacciones, percepción de sumas de dinero y celebración de contratos sobre derechos reales y las revocaciones, sustituciones, ampliaciones, limitaciones, suspensiones y renuncia de los mismos.
Ley 879, de Código de Organización Judicial, art. 349.
Sublema de registro1