- Registro de Aguas
- Adm. Estructura informática de datos que posibilita la organización de la información relativa a los aprovechamientos de aguas y permite la emisión de certificaciones sobre las inscripciones.En él se inscriben de oficio las concesiones de aguas superficiales o subterráneas, las reservas constituidas a favor de las confederaciones hidrográficas, las autorizaciones especiales a la Administración General del Estado y a las comunidades autónomas, las concesiones de aguas desalinizadas o regeneradas, así como las autorizaciones de reutilización, los aprovechamientos dentro del mismo predio de las aguas procedentes de manantiales o de pozos, a que se refiere el
artículo 54 del Texto Refundido de la Ley de Aguas , y, finalmente, los aprovechamientos temporales de aguas privadas. También se incluyen en él las inscripciones procedentes del anterior Libro de Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas y otros derechos adquiridos por título legal.
TRLA, art. 80 ;RDPH, arts. 189 y sigs.
Sublema de registro1