Diccionario panhispánico del español jurídico

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recurso de fuerza

Sublema de recurso1
Can. e Hist. Recurso mediante el cual la jurisdicción ordinaria atraía hacia sí los asuntos en los cuales la jurisdicción eclesiástica se entrometía a conocer asuntos de personas legas o de clérigos en materias no estrictamente eclesiásticas; asimismo cuando no observaba las reglas de derecho, sino que resolvía de hecho o no otorgaba apelación a superior. Se trata, por tanto, de casos de abuso de la jurisdicción eclesiástica en detrimento de la jurisdicción real.
Los casos son muy diversos: amparar bajo la jurisdicción eclesiástica a simples tonsurados, modificaciones en el cobro de diezmos, etc. En la Novísima Recopilación se recogen las leyes de 1525 y 1553 que regulan el recurso de fuerza en no otorgar y el recurso de fuerza en conocer, respectivamente. Desde estas normas que le dieron origen hasta su supresión ha sido una institución típicamente regalista.

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