Diccionario panhispánico del español jurídico

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recurso de casación penal por quebrantamiento de forma en el juicio oral al denegarse la pregunta a un testigo

Pen. Recurso de casación amparado en el defecto consistente en que el presidente del tribunal se niegue a que un testigo conteste a la pregunta o preguntas que se le dirijan, siendo pertinentes y de manifiesta influencia en la causa.
LECrim, art. 850.3.º. «Según se establece en la Sentencia de esta Sala 1348/1999, de 29 de septiembre, y últimamente STS 150/2009, de 17 de febrero, para que el motivo basado en el art. 850.3.º de la LECrim prospere, se requiere: a) Que cualquiera de las partes haya dirigido preguntas a un testigo. b) Que el presidente del Tribunal no haya autorizado que el testigo conteste a alguna pregunta. c) Que la misma sea pertinente, es decir, relacionada con los puntos controvertidos. d) Que tal pregunta fuera de manifiesta influencia en la causa. e) Que se transcriba literalmente en el acto del juicio. Y f) Que se haga constar en el acta la oportuna protesta» (STS, 2.ª, 6-III-2009, rec. 1503/2008).