Diccionario panhispánico del español jurídico

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recurso de casación en interés de ley

Adm. y Proc. Modalidad singular del recurso de casación, subsidiaria de la casación ordinaria y para unificación de doctrina, cuya única finalidad es impedir que lo declarado en resoluciones judiciales firmes que expresan una doctrina errónea y gravemente dañosa para el interés general pueda reiterarse en otros casos, mediante la formación de una «doctrina legal» que para el futuro evite que se incida en el error jurídico corregido.
«El recurso de casación en interés de Ley tiene como único objetivo fijar doctrina legal tratándose de un último remedio que tiene por finalidad poner en manos de la Administración Pública —en sus distintas esferas— el acudir a este Tribunal, como supremo intérprete de la legalidad infraconstitucional, para salir al paso de sentencias reputadas erróneas y que pueden comprometer el interés general más allá del caso definitivamente resuelto con fuerza de cosa juzgada material, cuando naturalmente las precitadas sentencias no sean susceptibles de ser residenciadas por la vía de la casación propiamente dicha —ordinaria y para la unificación de doctrina—» (STS, 3.ª, 12-I-2015, rec. 3489/2013). LJCA, arts. 100 y sigs .