Diccionario panhispánico del español jurídico

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recurso contencioso-administrativo

Sublema de recurso1
1. Adm. y Proc. Instrumento de impugnación judicial contra las disposiciones de carácter general y contra los actos expresos y presuntos de la Administración pública sujetos al derecho administrativo que pongan fin a la vía administrativa, ya sean definitivos o de trámite, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. También puede interponerse contra la actividad de la Administración o contra las vías de hecho en que incurra.
LJCA, art. 25 y sigs.
2. Can. Impugnación de un acto administrativo ante el Tribunal de la Signatura Apostólica, único competente (CIC, c. 1400 § 2), cuando ya se ha agotado la vía administrativa, es decir, la posibilidad de recurso jerárquico.
Se tramita según lo establecido en la Ley propia del Tribunal de la Signatura Apostólica, de 21-VI-2008, para el proceso contencioso-administrativo. El único motivo por el que puede interponerse recurso contencioso-administrativo es por violación de ley, entendiendo por tal toda norma jurídica aplicable a la situación afectada (no ley en sentido estricto).

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