Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

rectoría sectorial

Adm.; Nic. Vínculo del órgano de administración centralizada con los entes de administraciones desconcentradas o descentralizadas que se ejerce por medio de instrucciones y direcciones sobre las actividades que estos deben realizar de acuerdo a las estrategias y políticas del sector.
Ley n.º 290, de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, art. 4.