Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

recreación física

Gral.; Nic. Realización de actividades lúdicas ejecutadas en el tiempo libre, tomando como marco de acción una instalación, un campo deportivo o los recursos que ofrece la propia naturaleza, para brindar al individuo la satisfacción de una necesidad de movimiento.
Ley n.º 522, General de Deporte, Educación Física y Recreación Física (La Gaceta, Diario Oficial, del 5 del 11 de enero de 2019), art. 2.