Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

receptor general de penas de cámara

Fin. e Hist. Oficial de la Administración de Cámara real, encargado de recibir y asentar los cobros de las multas o penas de cámara impuestas por los alcaldes, tanto ordinarios, de la Casa y Corte, audiencias y chancillerías, etc., mandando a los escribanos la anotación de todas las penas en un libro y supervisando a los contadores de penas de cámara.
Tenía obligación de asentar todas las penas y gastos que se hicieran por los tribunales de Casa y Corte, audiencias y chancillerías. Asimismo, era el encargado de controlar y abonar los gastos de los alcaldes de la Casa y Corte del rey y alcaldes y oidores de audiencias y chancillerías. Cobraba un 10 % de las penas efectivamente cobradas (Nov. Recop. 5.34.1-11).