Diccionario panhispánico del español jurídico

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receptación

Pen. Delito que realiza el que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, ayuda a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o recibe, adquiere u oculta tales efectos. Dicho sujeto no tiene que haber intervenido en concepto alguno en la realización del delito precedente contra el patrimonio o el orden socioeconómico.
CP, art. 298.1. Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 202.

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