- recepción de ley por la comunidad
- Can. Aceptación de la ley canónica por parte de la comunidad a la que va destinada.Este concepto no está recogido en el derecho canónico vigente, pero sigue empleándose en la doctrina. Su origen se remonta al Decreto de Graciano: «leges instituuntur cum promulgantur, firmantur cum moribus autentium approbantur» (D 4 c. 3).
Sublema de recepción de ley