Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

readmisión de miembros de institutos de vida consagrada

Sublema de readmisión
Can. Posibilidad, concedida a los miembros de un instituto religioso que lo han abandonado legítimamente, de volver a ser admitidos sin necesidad de repetir el noviciado (CIC, c. 690 § 1).
La readmisión no constituye propiamente un derecho. Por el contrario, la decisión acerca de la readmisión es una facultad discrecional atribuida a los superiores competentes de cada instituto.