- querella en delitos de acción privada
- Pen. y Proc.; Arg. Querella interpuesta por toda persona que se considere ofendida por un delito de acción privada.En caso de que el abogado cumpla la calidad de representante, podrá ejercer directamente las facultades del querellante, salvo las de carácter personal o cuando exista una reserva expresa en la ley o en el mandato.
Código Procesal Penal Federal de la Nación , art. 88.
Sublema de querella