Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

querella

Pen. Acto consistente en una declaración de voluntad dirigida al órgano jurisdiccional competente, por la que el sujeto de la misma (cualquier persona física o jurídica haya sido o no ofendida por el delito o el Ministerio Fiscal), además de poner en conocimiento de aquel la presunta comisión de un delito, ejercita la acción penal.
LECrim, arts. 270-281. Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art. 647.

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