Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

pósito

1. Gral. Asociación formada para la cooperación o ayuda mutua entre trabajadores.
2. Adm. e Hist. Almacén o panera comunal, regida por un consejo que integraban autoridades locales, una de cuyas funciones era proveer de grano para el consumo garantizando el suministro al vecindario. Suministraba recursos a los agricultores y funcionaba como entidad de crédito.
3. Hist. y Merc. Institución de crédito.
Al principio se constituyeron por iniciativa privada, con finalidad benéfica. Más tarde se crearon depósitos reales, otros se vincularon a la autoridad municipal y se denominaron pósitos concejiles. La administración del pósito tenía lugar mediante un procedimiento bastante formalizado, con fuerte intervención de la autoridad local. La supervisión de todos los pósitos en España se reguló por un Real Decreto de 16-III-1751 que creó la Superintendencia General de Pósitos. En el último tercio del siglo xix recibe una nueva organización con la Ley de pósitos de 1878, cuyos criterios recoge y mejora la Ley de reorganización y protección de los pósitos de 23-I-1906.

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