Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

punto de recogida selectiva

Sublema de punto
Adm. Lugar establecido por las administraciones públicas competentes o por operadores económicos para que el poseedor y el usuario final puedan depositar las pilas, acumuladores y baterías usados para su posterior traslado a los centros de almacenamiento, tratamiento y reciclaje, tales como los contenedores de recogida de pilas situados en espacios urbanos, establecimientos comerciales y puntos limpios.
Real Decreto 106/2008, de 1-II, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos, art. 3.